CAPÍTULO
7º EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO ACADÉMICO Y PROMOCIÓN
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE
APRENDIZAJEY PROMOCIÓN DE LOS Y (AS) ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
COLEGIO SAN CARLOS - SAN GIL, DECRETO 1290 DE 2009 Y ACUERDO 001 DE 2010 DEL CONSEJO DIRECTIVO.
“SABER SER Y SABER ESTAR”
La evaluación de los aprendizajes se considera como el
proceso permanente y objetivo para valorar el desempeño de los (as)
estudiantes.
PRIMER PERÍODO 30%
SEGUNDO PERÍODO 30%
TERCER PERÍODO 40%
ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON
LA ESCALA NACIONAL
4.80 a 5.00 Desempeño Superior
4.20 a 4.79 Desempeño Alto
3.30 a 4.19 Desempeño Básico
1.00 a 3.29 Desempeño Bajo
CRITERIOS DE PROMOCIÓN
1. El estudiante será promovido en el ÁREA cuando demuestre un desempeño
básico en los estándares expresados en
indicadores de competencia para cada período académico.
2. El estudiante será promovido de GRADO cuando demuestre un desempeño
básico en los estándares de todas las áreas.
3. El estudiante será promovido de GRADO cuando después de haber presentado
las Actividades Pedagógicas Complementarias de Nivelación al finalizar el año
lectivo, demuestre un desempeño básico en las áreas, una (1) o dos (2)
4. El estudiante será promovido en el GRADO cuando
presente desempeño bajo en un área y el promedio definitivo en todas las áreas
sean igual o superior a 4.0.
PROMOCIÓN ANTICIPADA
Se tendrá como criterios
para la promoción anticipada en el caso de estudiantes “EXCEPCIONALES”:
1.
Cuando el
desempeño del estudiante sea superior
en todas las áreas del año
anterior.
2.
Cuando el estudiante Supere una prueba de
suficiencia en todas las áreas del grado actual.
En cualquiera de las dos
opciones se llevará a cabo antes de finalizar el primer periodo académico. Para
efectos de la promoción se debe contar con la solicitud expresa del estudiante,
avalada por los padres de familia o el representante legal; y se podrá realizar una sola vez durante su
permanencia en la institución.
Los resultados de esta
evaluación serán consignados en acta del Consejo directivo y en el libro
general de Registro de Valoración Escolar.
CRITERIOS DE REPROBACIÓN
El estudiante no será promovido cuando:
1.
Obtenga un desempeño bajo en tres (3) o más áreas de las establecidas en el plan de estudios.
2.
Continúe con desempeño bajo en una (1) o dos (2) áreas después de presentar
las Actividades Pedagógicas de Complementarias de Nivelación al finalizar el
año lectivo.
3.
Cuando supere el 15% inasistencia a las actividades académicas
programadas durante el año lectivo.
4.
Cuando no alcancen desempeño básico en los indicadores de competencia
en las áreas de Humanidades y Matemáticas por dos (2) años consecutivos.
CRITERIOS DE GRADUACIÓN
Los estudiantes que culminen el ciclo de Educación Media Técnica y que
hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados en el Sistema Institucional de Evaluación, de
acuerdo con la ley y las normas reglamentarias, obtendrán el título de
“Bachiller Técnico Comercial en Contabilidad y Gestión Empresarial”. Estos son:
1.
Ser promovido con un desempeño básico en los
estándares de todas las áreas establecidas en el plan de estudios.
2. Cumplir
con las ochenta (80) horas del servicio social establecidas en el Art. 39 del
Decreto 1860/94 y Resolución reglamentaria 4210 de 1996.
3. Realizar
las cincuenta (50) horas de Práctica empresarial establecidas en el PIE
4. Estar a paz y salvo por todo concepto con tas las
dependencias de la institución educativa (secretaría, pagaduría, biblioteca)
ACTIVIDADES
PEDAGÓGICAS DE NIVELACIÓN
Las
desarrolla el estudiante durante el
período académico según cronograma
establecido por el docente y se valorará por UNA SOLA VEZ; para lo cual
se tendrán en cuenta las estrategias de
valoración de los aprendizajes en el desarrollo de las competencias de las dimensiones: Cognitiva, Actitudinal
(ser persona), Convivencia y cultura ciudadana (ser social) y Ética y Social
(responsabilidad) establecidas en el
capítulo IV Estrategias de valoración Integral del desempeño de los
estudiantes.
El
docente hará entrega de los resultados al finalizar la primera semana del período académico siguiente y deberá dejar firmada el acta con copia de La
actividad como evidencia del debido proceso, en el formato de Resultado de las
Actividades pedagógicas de Nivelación.
ACTIVIDADES
PEDAGÓGICAS COMPLEMENTARIAS DE NIVELACIÓN
Actividades
que diseña el docente, avaladas por las directivas del plantel, buscan la
superación de las deficiencias que presenta el estudiante, en una o dos
áreas finalizar el año escolar. Tendrá
en cuenta las estrategias de valoración de los aprendizajes
en el desarrollo de las
competencias de las dimensiones:
Cognitiva, Actitudinal (ser persona), Convivencia y cultura ciudadana (ser
social) y Ética y Social
(responsabilidad) establecidas en el capítulo IV Estrategias de valoración
Integral del desempeño de los estudiantes.
Como
registro deberá dejar firmada el acta con copia de La actividad como evidencia
del debido proceso, en el formato de Resultado de las Actividades Pedagógicas
Complementarias de Nivelación.
Nota:
Los docentes tienen un máximo de dos (2) días hábiles para hacer entrega de los
resultados de las actividades
Pedagógicas de Nivelación y Pedagógicas Complementarias de Nivelación a los estudiantes; y hacer el registro correspondiente en los libros establecidos para tal fin en la
Secretaría del Colegio.
Al finalizar el año lectivo el estudiante puede
encontrarse en una de las siguientes situaciones:
PROMOVIDO
1. Cuando El estudiante que al terminar el año
obtenga como mínimo un desempeño básico en los estándares de todas las áreas
establecidas en el plan de estudios.
2.
Cuando el estudiante después de haber
presentado las Actividades Pedagógicas Complementarias de Nivelación al
finalizar el año lectivo demuestre un desempeño básico en las áreas, una (1) o dos (2).
3.
Cuando presenta desempeño bajo en un área y el promedio definitivo de todas las áreas
establecidas en el plan de estudios sea
igual o superior a 4.0
NO
PROMOVIDO
1. Los estudiantes con desempeño bajo en tres (3) o más áreas del plan de estudios.
2. Los estudiantes que después de presentar las
Actividades Pedagógicas de Complementarias de Nivelación al finalizar el
año lectivo continúan con desempeño bajo
en una (1) o dos (2) áreas.
3. Los estudiantes que superen el 15% de
inasistencia a las actividades
académicas programadas durante el año escolar.
4. Los estudiantes que no alcancen desempeño básico en los indicadores de
competencia en las áreas de Humanidades o
Matemáticas por dos años consecutivos.
En todo caso la institución les garantiza el
cupo a los estudiantes siempre y cuando hayan cumplido con las normas de
comportamiento establecidas en el Manual de Convivencia y no sea por segunda
repitencia.
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